“Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
GERENCIA SUB
REGIONAL JAÉN-SAN IGNACIO DIVISIÓN DE ESTUDIOS
MAD 7182675
A : ING.
MICHAEL JESÚS VARGAS FERNÁNDEZ
Sub Gerente de
Operaciones – GSRJ
DE : ING. CÉSAR JESÚS DÍAZ CORONEL
(e) División de Estudios
GSRJ
ASUNTO : INFORME
RESPECTO A LA CONDICION EN LA QUE SE ENCUENTRA OBRA DE TRES INSTITUCIONES
EDUCATIVAS DEL DISTRITO DE COLASAY.
REF. :
a.
REUNION
DE INFORMACION A MORADORES DEL DISTRITO DE COLASAY, RESPECTO A OBRA DE TRES
COLEGIOS, CON CONTRATO VIGENTE DE EJECUCION A LA FECHA. (23/11/2022)
b. Informe Nº 508
-2022-GR.CAJ-GSRJ-SGO/DE, con asunto: SOBRE ABSOLUCION DE CONSULTAS – OBRA
CONSTRUCCION DE 3 IEs EN EL DISTRITO DE COLASAY
c.
Informe
Nº 496 -2022-GR.CAJ-GSRJ-SGO/DE, con
asunto: INFORME SOBRE ABSOLUCION DE CONSULTAS – COLASAY.
d. OBRA: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION
DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS I.E Nº 16097, I.E Nº
17432, DE LOS CASERIOS JORONGA ALTO, NUEVO ORIENTE Y BOLIVAR EN EL DISTRITO EN
EL DISTRITO COLASAY, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”.
Fecha :
Jaén, 23 de Noviembre del 2022
Es grato dirigirme a Usted, para expresarle mi
cordial saludo y en relación a los documentos descritos en la referencia, hago
de conocimiento lo siguiente a la Obra denominada “MEJORAMIENTO Y
AMPLIACION DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS I.E Nº 16097,
I.E Nº 17432, DE LOS CASERIOS JORONGA ALTO, NUEVO ORIENTE Y BOLIVAR EN EL
DISTRITO EN EL DISTRITO COLASAY, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA” para su conocimiento, toma de
decisiones y acciones correspondientes; a fin que se logre la ejecución de obra
bajo el procedimiento administrativo correspondiente todo ello amparado en la
normativa vigente, y de manera puntual y especifica referente a la ley y
reglamento de la ley de contrataciones con el estado.
Información de la Obra
Obra |
: |
“MEJORAMIENTO Y
AMPLIACION DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS I.E Nº
16097, I.E Nº 17432, DE LOS CASERIOS JORONGA ALTO, NUEVO ORIENTE Y BOLIVAR EN
EL DISTRITO EN EL DISTRITO COLASAY, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE
CAJAMARCA”. |
Ubicación |
: |
Caseríos (03) Joronga Alto, Nuevo
Oriente y Bolívar, Distrito de Colasay, Provincia Jaén, Región Cajamarca. |
Código de Inversiones |
: |
2297005 |
|
||
DEL CONTRATISTA
EJECUTOR DE OBRA |
||
Contrato |
: |
N°
03-2022-GR-CAJ.GSRJ |
Procedimiento de Selección |
: |
LICITACIÓN PÚBLICA
Nº LP-SM-1-2021-GR.CAJ-GSRJ. -1 |
Fecha de Firma de Contrato |
: |
10 de mayo de 2022 |
Fecha de inicio de ejecución de
obra |
: |
10 de junio de
2022 |
Entidad Contratante |
: |
Gerencia
Subregional de Jaén |
Contratista Ejecutor de Obra |
: |
20487950301 -
CALOF CONSTRUCCIONES S.R.L. |
Representante Legal |
: |
EDITH DEL PILAR
SALDAÑA SANCHEZ |
Sistema de Contratación |
: |
SUMA ALZADA |
Monto del Adjudicatario de la
Ejecución de Obra |
: |
S/ 9’273,637.50 |
Plazo Contractual |
: |
300 días (10
meses) |
Residente de Obra |
: |
Ing. Holbert Daniel
Baique Alarcon |
|
||
DE LA SUPERVISIÓN
DE OBRA |
||
Entidad Contratante |
: |
Gerencia
Subregional de Jaén |
Supervisor |
: |
Consorcio
Supervisor Colasay |
Representante Legaol |
: |
Walter Liza Mori |
Jefe de Supervisión |
: |
Ing. José Manuel Larrain
Tello |
Monto Contractual de Supervisión |
: |
S/ 254,796.50 |
ANALISIS
La Obra: “MEJORAMIENTO
Y AMPLIACION DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS I.E Nº 16097,
I.E Nº 17432, DE LOS CASERIOS JORONGA ALTO, NUEVO ORIENTE Y BOLIVAR EN EL
DISTRITO EN EL DISTRITO COLASAY, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA”,
presenta hoy en día, suspensión por una “supuesta” absolución a consultas
realizadas por parte del contratista ejecutor remitidas al supervisor de obra,
las mismas que por el carácter de las mismas se derivan a la entidad para que
se notifique al proyectista a fin de absolver de manera pertinente. Se ha
realizado dicho procedimiento donde proyectista se ha pronunciado pero la
empresa por alguna razón desconocida a la fecha no toma en consideración para
el reinicio de obra, y retoma la ejecución de la obra. Habiendo a la fecha
demolido las instalaciones e infraestructura educativa de los antiguos ambientes
aulas que hacen uso para el desarrollo de sus actividades académicas,
habiéndose realizado una visita por parte de mi persona en representación de la
entidad, por ostentar la encargatura del área técnica denominada División de
Estudios de la Gerencia Subregional Jaén, tomando información de manera
preliminar no formal a través de la reunión de información realizada el día miércoles
23/11/2022, con participación de los representantes de la entidad, moradores,
docentes y padres de familia, autoridades de las localidad de Joronga Alto,
Bolívar y Nuevo Oriente, relativa a que a la fecha no existe reinicio de la
empresa contratista de obra, evidenciándose el corresponder de manera
inmediata.
Habiéndose
evidenciado en los asientos de obra, la necesidad de adicional de obra de parte
del contratista, y ratificado por el supervisor de obra; habiendo transcurrido
los plazos para que el contratista presente el adicional de obra N° 01
(definido por el contratista) y ya debiendo tener la conformidad o aprobación por
parte de la supervisión; con plazo limite 20 de noviembre de 2022.
Siendo el
día de hoy 23/11/2022; habiendo verificado en la oficina de trámite
administrativo no habiendo ingresado la presentación del adicional de obra N°01
(el cual extraoficialmente se sabe se trata, de adicional deductivo vinculante),
esta DIVISION DE ESTUDIOS RECOMIENDA, SE REALICE APERCIBIMIENTO CON CARTA
NOTARIAL PARA RESOLVER CONTRATO, POR LA NO PRESENTACIÓN DE ADICIONAL DE OBRA N°
01 Y EL NO HABER LEVANTAMIENTO DE SUSPENSIÓN DE PLAZO (POR NO PRESENTAR
SUSTENTO PARA CONTINUAR CON LA SUSPENSION); Y SE REINICIE LA EJECUCIÓN DE LOS
TRES COLEGIOS DE LA LOCALIDAD DE COLASAY (JORONGA ALTO, BOLIVAR Y NUEVO
ORIENTE), CON PLAZO MÁXIMO DÍA LUNES 28 DE NOVIEMBRE DE 2022, POR CONCERNIR; EN
EL CASO NO SE REALICE DICHO PLANTEAMIENTO INDICADO EN DICHO APERCIBIMIENTO
SEGÚN CARTA NOTARIAL, SE PROCEDA A NOTIFICAR POR SEGUNDA VEZ EL DIA MARTES
29/11/2022; SOLICITANDO LA RESOLUCION DE CONTRATO DE OBRA POR INCUMPLIMIENTO DE
PARTE DEL CONTRATISTA EJECUTOR DE OBRA Y SUPERVISION DE OBRA, POR EVIDENCIAR
INCUMPLIMIENTO DE SUS CONTRATOS, Y NO PRESENTAR CON LA PRESENTACION DE
ADICIONAL DE OBRA N° 01 Y NO CONTAR CON SUSTENTO TECNICO, NI LEGAL, NI
ADMINISTRATIVO, PARA CONTINUAR CON LA SUSPENSION DE PLAZO, FIRMADO POR EL
CONTRATISTA Y SUPERVISOR DE OBRA.
Como se indicó
en: Informe Nº 508 -2022-GR.CAJ-GSRJ-SGO/DE, con asunto: SOBRE ABSOLUCION DE
CONSULTAS – OBRA CONSTRUCCION DE 3 IEs EN EL DISTRITO DE COLASAY; se realizó la
visita técnica a la localidad de Bolívar de manera conjunta con el especialista
estructural de la entidad Ing. Ronal Vásquez, un topógrafo con estación
geodésica, para la obtención de datos topográficos de los puntos y así definir
la zona donde se presente a la ejecución pues a la fecha, ni contratista
ejecutor i supervisor de obra han dado solución en obra al respecto, señalando
que la obra no puede ejecutarse por no ubicarse en el terreno, pero en la parte
posterior se dispone de gran cantidad de área para la ejecución de la obra
correspondiente, se realiza el levantamiento para otorgarle herramientas al
contratista ejecutor y supervisor de obra, porque a la fecha habiendo pasando más
de dos meses con la suspensión al respecto, sin ejecutar partida alguna,
tomando en consideración que todas la consultas se han respondido de manera
oportuna como se evidencia en los informes alcanzados; evidenciándose que ha
colaborado con el contratista para dar solución a esta problemática que a la
fecha no ha procedido.
Conclusiones
·
Se
realice apercibimiento con carta notarial para resolver contrato, por la no
presentación de Adicional de Obra N° 01 y el no haber levantamiento de
suspensión de plazo (por no presentar sustento para continuar con la
suspensión).
·
Se
reinicie la ejecución de los tres colegios de la localidad de Colasay (Joronga
alto, Bolívar y Nuevo Oriente), con plazo máximo día lunes 28 de noviembre de
2022, por corresponder tomando en consideración que la empresa contratista a
derivado las edificaciones anteriores dejando a los estudiantes a la intemperie
para el desarrollo de actividades académicas.
·
En
el caso no se realice dicho planteamiento indicado en dicha carta notarial, se
proceda a notificar por segunda vez el día martes 29/11/2022; solicitando la
resolución de contrato de obra por incumplimiento de parte del contratista
ejecutor de obra y supervisión de obra, por evidenciar incumplimiento de sus
contratos, y no contar con sustento técnico, ni legal, ni administrativo, para
continuar con la suspensión de plazo, firmado por el contratista y supervisor
de obra.
·
Se
recomienda suspender la vigencia del acta de suspensión de plazo por las
razones antes indicadas las cuales se debe dar reinicio a la ejecución de obra;
de manera , caso contrario o ante la negativa de reiniciar dicha obra, bajo
supuestos de parte del contratista, sin evidencias, sin amparo de informes
técnicos de sus especialistas, sin los procedimientos adecuados para las
consultas, y demás situaciones, onde se evidencia el no cumplimiento de su
contrato, se recomienda notificar notarialmente.
·
Que
las empresas contratistas participantes (contratista ejecutor de obra y
supervisor de obra) cumplan sus obligaciones contractuales, como se estipula en
su contrato y bajo la normativa vigente correspondiente, pues con todo lo
señalado correspondería resolución de contrato de ambos entes participantes.
·
No
se evidencia sustento técnico-legal de parte del contratista ejecutor de obra,
para continuar con la suspensión de plazo contractual, se recomienda
pronunciamiento legal al respecto lo indicado.
·
Se
solicita inmediatamente el pronunciamiento de parte del supervisor de obra al
respecto, en representación técnica de esta entidad Gerencia Subregional Jaén.
·
Respecto
a lo indicado en movimientos de tierras, se deberá efectuar a fin de no ubicar
parte de la edificación en zona de desnivel, y ejecutar el respectivo
perfilamiento de talud a fin de evitar el deslizamiento excesivo del material
del cerro aledaño, el proyecto contempla la construcción de muros de contención
al cual debe adecuarse dicho talud con corte en talud adecuados para el tipo de
material en cerro y la construcción de banquetas en la zona de ladera, como
propuesta general teniendo la potestad el contratista de plantearlo
adecuadamente con su equipo técnico propuesto en la firma de contrato. Se
recomienda realizar la regularización referente a la partida registral emitida
por la SUNARP, donde se establecen las dimensiones que se dispone para la
construcción y que debió tener en cuenta el proyectista para planear la
edificación diseñada en el expediente técnico.
Todo lo indicado tomando en
consideración la responsabilidad como funcionario de esta entidad con la
finalidad de salvaguardar los intereses del estado; donde se garantice la
calidad, la seguridad, el gasto requerido (necesario) y en plazo prudente/ correspondiente.
Esperando la atención que le brinde al
presente, me despido de Usted, reiterando las muestras de mi especial
consideración y estima personal.
Atentamente,
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