lunes, 19 de diciembre de 2022

REGLAMENTO INTERNO REGLAMENTO INTERNO MODELO RÉGIMEN DE UNIDADES INMOBILIARIAS CON SECCIONES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y AREAS DE PROPIEDAD COMÚN

 

REGLAMENTO INTERNO

 

REGLAMENTO INTERNO MODELO RÉGIMEN DE UNIDADES INMOBILIARIAS CON SECCIONES DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y AREAS DE PROPIEDAD COMÚN, PARA EDIFICIO DE VIVIENDA MULTIFAMILIAR, UBICADO EN LA CALLE SAN MARTIN 1795 DISTRITO Y PROVINCIA DE JAÉN.

 

CAPITULO I

 

ASPECTOS GENERALES

 

Artículo 1º.- Obligatoriedad y designación abreviada

El presente reglamento interno es de observancia obligatoria, sin excepción ni limitación alguna, para todas las personas que tengan la propiedad o posesión, bajo cualquier título, de las secciones inmobiliarias de propiedad exclusiva que forman parte de la UNIDAD INMOBILIARIA, descrita en el Capítulo II de este Reglamento a la que en adelante se denominará UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL Dichas personas quedan obligadas a respetar sus disposiciones y las decisiones de la Junta de Propietarios.

 

CAPITULO II

 

LA UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL

El bien inmueble se encuentra ubicado en la calle san Martín nº 1795, distrito y provincia de Jaén, región de Cajamarca. dejándose constancia que sobre dicho inmueble consta construida una edificación de dos pisos cuyos planos, memoria descriptiva, linderos, medidas perimétricas, extensión superficial y demás características constan inscritas en la partida electrónica          del registro de predios de la oficina registral de Jaén.

 

LA UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL

 

Artículo 2º.- Características de la UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL

 

Las características de la UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL son las siguientes:

 

a)      Ubicación:

 

-        Departamento: Cajamarca.

-        Provincia: Jaén.

-        Distrito: Jaén.

-        Dirección: Calle San Martin 1795, distrito, provincia de Jaén.

 

b)      Descripción y uso:

La UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL es una edificación de uso vivienda multifamiliar de Uso residencial y consta de: Dos (2) departamentos en la primera planta, dos (2) departamentos en la segunda planta dos (2) departamentos, todos como áreas propias o de dominio exclusivo.

 

La UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL se encuentra destinada a un uso Residencial. Artículo 3º.- Secciones de propiedad exclusiva


Las secciones de propiedad exclusiva que forman parte de la UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL son:

 

 

 

 

PISO

UNID. INMOB.

AREA OCUPADA

AREA TECHADA

(*)

AREA LIBRE

1° -

01 Departamento 101

100 m2

79 m2

21.00 m2

1° -

02- Departamento 102

100 m2

79 m2

21.00 m2

04 - Departamento 201

70.23 m2

70.23 m2

0.00 m2

05 -Departamento 202 Area común(escalera)

116.77 m2

20.00 m2

74.77 m2 20.00m2

42.00 m2

00.00 m2

(*) incluye voladizo PRIMER PISO

UNIDAD INMOBILIARIA N°01: DEPARTAMENTO 101

PROPIETARIO: JOSÉ ANTONIO CORONEL DELGADO - sucesión Intestada partida electrónica 11045786

DISTRIBUCIÓN: Se accede por la calle San Martin 1795 donde existe una puerta, enrollable.

DEPARTAMENTO 101 – El departamento se compone de los siguientes ambientes:

Una    sala    Comedor,    dormitorio   principal,     Dormitorio   de   hijos, Servicios higiénicos y un patio

 

LÍMITES Y COLINDANCIAS:

-Por el frente, con una línea recta de 5.00 ml, y colinda con la calle San Martin.

-Por el costado derecho entrando, con una línea recta con 20.00 ml, colinda con propiedad privada.

-Por el costado izquierdo entrando, con una línea recta de 20.00 ml, y colinda con el Departamento 102

-Por el fondo, con una línea recta de 5.00 ml, colinda con propiedad privada.

Área edificada:

 

 

 

PLANTA

AREA OCUPADA

AREA TECHADA

AREA LIBRE


100.00 m2

79.00 m2

21.00 m2

TOTAL

100.00 M2

79.00 m2

21.00 M2

 

UNIDAD INMOBILIARIA N°02: DEPARTAMENTO 102

PROPIETARIO: VICTORIA CORONEL DELGADO- sucesión Intestada partida electrónica 11045786

 

DISTRIBUCIÓN: se accede por la calle San Martín una puerta de fierro y se ingresa al Departamento 102.

 

DEPARTAMENTO 102. el departamento se compone de los siguientes ambientes: una sala, dormitorio, comedor, servicios higiénicos, patio

 

LÍMITES Y COLINDANCIAS:

-Por el frente, con una línea recta de 5.00 ml, colinda con la calle San Martin.

-Por el costado derecho  entrando,  con  una  línea  recta  mide  20.00m colinda con el departamento 101

-Por el costado izquierdo entrando, con una línea  recta  20.00  ml,  colinda con propiedad privada.

-Por el fondo, con una línea recta de 5.00 ml, y colinda con propiedad privada.

Área edificada:

 

PLANTA

AREA

OCUPADA

AREA TECHADA

AREA LIBRE

100.00 m2

79.00 m2

21.00 m2

TOTAL

100.00 m2

79.00 m2

21.00 m2

 

UNIDAD INMOBILIARIA N°3: SEGUNDO PISO DEPARTAMENTO 201.

PROPIETARIO: ZULEMA CORONEL DELGADO- sucesión Intestada partida electrónica 11045786

 

DISTRIBUCIÓN: Se accede mediante la puerta de fierro de la calle San Martín, la que da a una escalera que conduce al segundo piso a los departamentos 201 y 202

 

DEPARTAMENTO N°201, - se compone de los siguientes ambientes:

Una sala comedora, dormitorio 01, dormitorio 02, una cocina, servicios higiénicos

 

LÍMITES Y COLINDANCIAS:


-Por el frente, con una línea quebrada que consta de 5 tramos:

Tramo 1 = 4.93m Tramo 2= 2.84m Tramo 3=3.64m Tramo 4= 1.30m

Tramo 5= 1.44m

Colinda con descanso de la escalera (área común) y con el Dpto. 202

-         Entrando la mano derecha con 5.11ml, colinda con propiedad privada

-         Entrando por la mano izquierda con 9,25 ml, colinda con propiedad privada

-         Por el fondo con 10.00ml y colinda con aires calle San Martin

 

.

Área edificada:

 

PLANTA

AREA OCUPADA

AREA TECHADA

AREA LIBRE

70.23 m2

70.23 m2

0.00 m2

TOTAL

70.23 M2

70.23 m2

0.00 M2

 

(*) incluye voladizo

 

DEPARTAMENTO N°202, - se compone de los siguientes ambientes:

Una sala comedora, dormitorio 01, dormitorio 02, una cocina, servicios higiénicos

 

LÍMITES Y COLINDANCIAS:

-Por el frente, con) una línea quebrada que consta de 5 tramos:

Tramo 1 = 4.93m Tramo 2= 1.23m Tramo 3=3.64m Tramo 4= 1.30m

Tramo 5= 1.44m

Colinda con descanso de la escalera (área común) y con el Dpto. 202

-         Por el  lado  derecho  entrando  mide  11.26m  colinda  con  propiedad

`privada

-         Por el lado izquierdo entrando mide 11.32 colinda con propiedad privada

-         Por el fondo, mide 10.00m colinda con propiedad `privada

.

 

Área edificada:

 

PLANTA

AREA OCUPADA

AREA TECHADA

AREA     LIBRE (DUCTO)

116.77 m2

74.77 m2

42.00 m2


TOTAL

116.77 m2

74.77 m2

42.00 m2

 

 

 

 

 

Artículo 4º.- Áreas y bienes de propiedad común

 

Las áreas y bienes de propiedad común que forman parte de la UNIDAD INMOBILIARIA son las siguientes:

 

 

Áreas

comunes /A.C.)

Área ocupada

Área techada

Destino y/o condición

Segundo Piso

 

 

 

Escalera 01

20.00 m2

20.00 m2

Circulación    y    acceso    a

Dptos 201 y 202.

 

Descripción técnica de las áreas comunes:

Todas estas áreas comunes que anteceden tienen la condición de intransferibles. Los Bienes de dominio común son las siguientes:

 

a.- El terreno de 200.00 m2 sobre el que está construida la edificación.

b.- Los cimientos y sobrecimientos, columnas y vigas, muros exteriores, techos y demás elementos estructurales, siempre que estos no sean integrantes únicamente de una sección sin que sirvan a dos o más secciones.

c.- Los pasajes, pasadizos, escaleras comunes y en general, vías y áreas de circulación de uso común.

d.- Las obras decorativas exteriores de la Edificación o ubicadas en ambientes de dominio común.

e.- Los sistemas de agua y desagüe, cuyo suministro es compartido por todas las secciones.

f.- El ducto o vacío de ventilación que aparece en la parte posterior a partir del segundo piso según declaración de fábrica, sirve de ventilación de las tres unidades inmobiliarias y no se podrá construir en dicha zona.

h.- Los aires sobre el área techada del segundo piso corresponde a la unidad inmobiliaria N°3 respetando el vacío o ducto de ventilación según declaratoria de fábrica.

 

Artículo 5º.- Servicios comunes

 

Los servicios comunes con los que contará la UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL son los siguientes:


a.- La limpieza, conservación y mantenimiento de las áreas y ambientes comunes, instalaciones sanitarias y eléctricas de uso común, y en general de cualquier otro elemento de los bienes comunes. Esto incluye la reparación o reposición de dichos bienes y de sus partes integrantes y/o accesorios.

Artículo 6º.- Participación en las áreas y bienes comunes

El porcentaje de participación que corresponde a cada uno de los propietarios de las secciones de propiedad exclusiva, respecto de las áreas y los bienes comunes se atribuirá de la siguiente manera:

 

PROPIETARIO

 

PISO

 

UNIDAD INMOBILIARIA

 

USO

ÁREA OCUPADA M2

 

ÁREA TECHADA

PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN

JOSÈ CORONEL DELGADO

A.

 

Primero

UNIDAD INMOVILIARIA N°01

DPTO 101

 

VIVIENDA

 

100

79

 

33.33

 

VICTORIA

CORONL DELGADO

 

Primero

UNIDAD INMOVILIARIA N°02

 

VIVIENDA

 

100

 

79

 

33.33

 

 

Dpto 102

 

 

 

 

 

 

UNIDAD INMOVILIARIA N°03

 

VIVIENDA

 

70.23

 

70.23

 

ZULEMA CORONEL DELGADO

 

segundo

Dpto. 201

 

 

 

 

33.33

UNIDAD INMOVILIARIA N°03

 

VIVIENDA

 

116

 

74.77

 

 

Dpto.202

 

 

 

 

 

·         EN SEGUNDA NO ESTA CONSIDERA AREA COMUN 20.00M2

 

 

CAPITULO III

 

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS

Artículo 9º.- Derechos de los propietarios

Son derechos de los propietarios, los siguientes:

a)      Ejercer dominio sobre su sección de propiedad exclusiva.

b)         Vender, hipotecar, arrendar, y en general, practicar cualquier acto de disposición o gravamen de su sección de propiedad exclusiva. El propietario deberá poner en conocimiento de la Junta de Propietarios la realización de cualquiera de estas operaciones dentro de los treinta (30) días siguientes a su realización, siempre y cuando las mismas


impliquen ceder el uso de la sección a una persona distinta o determinen la extinción del derecho de propiedad por transferencia del dominio.

c)        Usar los bienes y servicios comunes sin más limitaciones que su uso legítimo por los demás propietarios.

d)      Formar parte de la Junta de Propietarios.

e)        Recurrir ante la Junta de Propietarios para que actúe en relación con las acciones de otros propietarios o poseedores, cuando éstas resulten perjudiciales a sus intereses o a los de la UNIDAD INMOBILIARIA en general.

f)             Edificar, modificar, ampliar, remodelar o alterar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de su sección, siempre y cuando no se contravengan las normas legales vigentes o las normas especiales que, sobre el particular, se establezcan en el presente Reglamento, no se perjudique las condiciones de seguridad y funcionamiento de la edificación y no se afecten los derechos de los demás propietarios o de terceros.

En el caso de obras que alteren la volumetría, el estilo arquitectónico o el aspecto exterior de la sección donde se ejecuta o de la UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL, será necesario, sin perjuicio de cumplir con las reglas generales previstas en el párrafo precedente, que el propietario obtenga previamente la aprobación de la Junta de Propietarios, a la cual deberá proporcionar toda la información y documentación necesaria para tomar una decisión adecuada.

 

Artículo 10º.- Obligaciones de los propietarios

Son obligaciones de los propietarios, las siguientes:

a)      Destinar su sección de propiedad exclusiva al uso indicado en el presente reglamento.

b)         Contribuir oportunamente, en el porcentaje que corresponda a su sección, según lo indicado en el Artículo 7º del presente Reglamento, a cubrir los gastos que demande el pago de los servicios comunes, la conservación y mantenimiento de las áreas y los bienes de dominio común, y la administración de la UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL. Esta obligación se mantendrá vigente aun cuando el propietario decida no formar parte de la Junta de Propietarios, no ocupe o no use su sección.

c)      Acatar las disposiciones y resoluciones que adopten la Junta de Propietarios.

d)            No ejecutar obra o instalación alguna que transgreda alguna de las limitaciones previstas en el inciso f) del Art. 9º del presente Reglamento o que no cuente con la aprobación previa de la Junta de Propietarios, en los casos en que ella es necesaria según lo previsto por el mismo inciso antes señalado.


e)       No afectar la seguridad o salubridad de la UNIDAD INMOBILIARIA GENERAL; no perturbar la tranquilidad y normal convivencia de los demás propietarios y vecinos, ni atentar contra la moral y las buenas costumbres.

f)       Efectuar las reparaciones de su respectiva sección de propiedad exclusiva y asumir la responsabilidad por los daños y perjuicios que cause a las demás unidades, o a las áreas o los bienes de dominio común, sea por acción, omisión o negligencia.

g)        Hacer constar en el contrato de arrendamiento u otro por el que otorgue la posesión inmediata a terceros, los derechos y obligaciones que corresponden al arrendatario o poseedor inmediato y el sometimiento expreso de éste a las normas del presente reglamento. El incumplimiento de esta obligación sólo generará responsabilidad para el propietario mas no afectará en lo absoluto a la obligación del presente Reglamento respecto de quien asuma la posesión inmediata.

h)       Cumplir con todas y cada una de sus obligaciones aun cuando su sección se encuentre o permanezca desocupada, cualquiera que sea el tiempo de desocupación.

 

CAPITULO VI

 

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 22º.- Solución de controversias

Para la solución de las controversias derivadas de la interpretación, aplicación, validez y eficacia del presente Reglamento de los acuerdos tomados por la Junta de Propietarios, las partes deberán agotar la vía de la conciliación extrajudicial, y en caso de no resolverse el conflicto por ésta vía, se acudirá a la vía arbitral en una Junta de Propietarios; con excepción del cobro por mora de las cuotas, que se sujetará a lo dispuesto por el Art. 50º de la Ley Nº 27157 y por su Reglamento aprobado por D.S. Nº 008-2000-MTC.

 

Artículo 23º.- Supletoriedad de las normas

En todo lo no previsto por el presente Reglamento Interno, se aplica, en forma supletoria, la Ley Nº 27157 o las normas que la sustituyan, así como sus normas reglamentarias.

 

Artículo 24º.- Conocimiento del presente Reglamento

Todos los propietarios declaran conocer el texto del presente Reglamento y se comprometen a guardarlo y cumplirlo de forma escrupulosa; y, de ser el caso hacer conocer el texto del mismo a sus arrendatarios u otros poseedores de su sección, y exigirles su cumplimiento; asumiendo la condición de responsable solidario ante la Junta de Propietarios, por las obligaciones de orden económico.


 

CONCLUSIÓN DE LEY:

El presente contiene REGLAMENTO INTERNO, para el inmueble ubicado en la calle San Martín N° 1795, al amparo de la Ley 27157.

 

Jaén, setiembre del 2022.

 

 

 

 

 

 

 

 

JAÉN, SETIEMBRE DE 2022.

 

 

 


OSCAR CORONEL DELGADO                   VICTORIA CORONEL DELGADO

 

 

 


LUIS MIGUEL CORONEL DELGADO             CARMEN ROSA CORONEL DELGADO

 

 

 


ZULEMA CORONEL DELGADO                  JOSE ANTONIO CORONEL DELGADO

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