Visación de planos para trámites de prescripción adquisitiva o título supletorio y para rectificación y/o delimitacion de areas o linderos
Base Legal
* Código Procesal Civil Art. 504°/508°-14/11/84
* DA N° 081-30/10/97
* Ordenanza Nº 812-MML-15/09/05
* Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades
* Texto Único de Procedimientos Administrativos
* Art. 1° Ley N° 27444
* Art. 3° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
* DA N° 081-30/10/97
* Ordenanza Nº 812-MML-15/09/05
* Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades
* Texto Único de Procedimientos Administrativos
* Art. 1° Ley N° 27444
* Art. 3° de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Requisitos
1- Solicitud - declaración jurada (en formato) dirigida al Alcalde2- Carta Poder en caso de ser representante o apoderado de uno a varios posesionarios o propietarios acompañada de la copia de documentos de identidad de los solicitantes.
3- Memoria Descriptiva señalando todo lo indicado en los planos como los linderos y medidas perimétricas, además las especificaciones técnicas generales de arquitectura, estructuras, instalaciones eléctricas e instalaciones sanitarias y la distribución del inmueble (2 copias)
4- Plano Perimétrico a escala 1/50 con indicación de medidas y ángulos internos incluyendo las coordenadas geográficas WGS 84 (2 copias)
5- Plano de ubicación a escala 1/500 y de localización a escala 1/10,000 ó 1/5,000; incluyendo las secciones de las vìas adyacentes al predio (dos copias)
6- Plano de distribución 1/100 ó 1/50 (dos copias )
7- Copia literal de dominio y/o documento de propiedad (en el caso de rectificación de linderos y medidas perimétricas)
8- Pagar derecho de trámite correspondiente
9- CD con el archivo digital de la documentación técnica.
Notas:
a) La documentación técnica (memoria descriptiva y planos), deberán estar firmados por el ingeniero civil o el arquitecto colegiado.
b) Indicar posesionario en toda la documentación presentada, a excepción de rectificación de linderos que es solicitado por los propietarios.
c) De tratarse de un representante encargado de recoger las cartas de observación, deberán presentar carta poder simple.
d) Para rectificación de linderos, se recomienda presentar plano catastral.
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